
Desde hoy y hasta el domingo 11 de julio, regirán las nuevas disposiciones del estado de emergencia nacional frente al COVID-19, según el Decreto Supremo 123-2021-PCM publicado en el diario El Peruano. Cabe indicar que las medidas serán según la clasificación de provincias, de acuerdo al riesgo de contagio de coronavirus: extremo, muy alto, alto y moderado.
En cuanto a aforos:
Actividades en espacios cerrados
- Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas: 40%.
- Centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 40%.
- Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias: 60%.
- Restaurantes y afines en zonas internas: 50%.
- Templos y lugares de culto: 40%.
- Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías: 50%.
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas: 50%.
- Bancos y otras entidades financieras: 60%.
- Eventos empresariales y profesionales: 50%.
Actividades en espacios abiertos (sin restricción de aforo y respetando protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias)
- Artes escénicas.
- Restaurantes y afines en zonas al aire libre.
- Áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos.
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre.
- Eventos empresariales y profesionales al aire libre.
Empresas y gobiernos regionales con luz verde para comprar vacunas anticovid