
Hasta el miércoles 15 de noviembre tienen plazo los empleadores para realizar el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) en la institución financiera elegida por el trabajador; de lo contrario podrán ser multados hasta con S/ 91.125.
Si bien la CTS pretende paliar la contingencia de quedarse sin trabajo, el empleado que goce de este beneficio podrá retirar hasta el 100 % del monto que exceda cuatro remuneraciones brutas depositadas en su cuenta individual.
Por ejemplo, si el trabajador gana S/ 2.000 al mes y en su cuenta ha acumulado S/ 10.500, podrá retirar hasta S/ 2.500, que sería todo el excedente de los cuatro sueldos intangibles. En este caso el monto no disponible será S/ 8.000.
Según el procedimiento, en un plazo máximo de tres días hábiles los empleadores deberán comunicar a las entidades financieras, a pedido de los trabajadores, el monto intangible de cada trabajador.
Para fijar el monto no disponible se debe considerar la última remuneración mensual a la que tuvo derecho el trabajador. Cabe indicar que no accede al beneficio aquel trabajador que labore menos de cuatro horas diarias.
